Existe apropiación indebida cuando, aquel que recibe la cosa por título que produzca la obligación de devolverla o entregarla, en vez de ello la incorpora a su propio patrimonio de modo definitivo.
Por lo tanto, la conducta típica consiste en disponer de la cosa como propia, incumpliendo de forma definitiva las obligaciones de devolver. Si la cuantía de lo apropiado no excede de 400 euros, se impondrá una pena de multa.
En Chabaneix Abogados estamos especializados en los delitos de apropiación indebida, y sabemos cómo conseguir el mejor resultado teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada caso, ya sea como defensa o como acusación particular.